La Fundación Grado Musical está acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 de Mecenazgo,
al amparo de sus fines educativos y culturales.
Las aportaciones pueden formalizarse como contrato de
patrocinio publicitario (gasto deducible en la base imponible del IS, sujeto a IVA al 21%) o como donación
bajo Ley 49/2002 (deducción directa en cuota del IS del 40%, o del 50% si se mantiene una aportación
igual o superior a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores; sin IVA y con el límite del 15% de la base
imponible).
Para personas físicas, la deducción en IRPF es del 80% sobre los primeros 250 € y del 40% sobre
el resto (45% en caso de recurrencia). Porcentajes vigentes desde el 1 de enero de 2024 (Real Decreto-ley
6/2023).
La Fundación emite la documentación correspondiente en cualquiera de las dos modalidades.